martes, 8 de diciembre de 2015

DERECHO AL VETO.

Yo defiendo que además de poder ejercer el derecho al voto, el elector pueda disponer del derecho al veto.
Tendría que existir la posibilidad de que el ciudadano, además de votar por la opción que desea (si es que desea alguna), pudiera, si así lo considera oportuno, emitir un voto negativo, con el cual pudiera manifestar con claridad qué opción no desea en ningún caso.
A la hora del recuento habría que sustraer de los votos que hubiera cosechado cada una de las opciones los vetos que explícitamente hubiera obtenido, siendo la resultante de tal resta el resultado obtenido por cada opción.
Al igual que cada ciudadano sólo se puede decantar por una opción, el veto sólo se podría ejercer sobre una opción.
Con este planteamiento, además de conocer la opción preferida, se podría saber cuál es la más rechazada.
En definitiva, hay que añadir al derecho a elegir positivamente el derecho a rechazar con la misma contundencia.

Por cierto, yo tengo claro mi veto.

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